(foto: Mario Lugones, Ministro de Salud de Argentina)
Bioética por decreto: centralización, mercado y pérdida de autonomía.
El Gobierno nacional creó por decreto una nueva Comisión Nacional de Bioética, disolviendo la anterior (Decreto 426/98) Sin embargo, la legalidad formal de esa decisión no legitima el diseño elegido. El problema no es que el Poder Ejecutivo haya derogado la Comisión anterior, sino que haya utilizado esa derogación para concentrar la autoridad ética en un órgano dependiente del mismo poder que debe ser evaluado.
1. “La Comisión no funcionó”
La anterior Comisión Nacional de Bioética no dejo de funcionar por ineficacia, sino a partir de la incorporación de Alberto Rodríguez Varela, ex ministro de Justicia, amigo y asesor legal del genocida Jorge Rafael Videla. No fue una parálisis administrativa ni un problema de gestión: fue una incompatibilidad ética absoluta. Un cómplice civil de un régimen responsable de crímenes de lesa humanidad no puede deliberar sobre bioética, derechos humanos ni protección de la vida.
La impugnación fue inmediata en los hechos y el funcionamiento de la Comisión se volvió inviable. Por su rango presidencial, ninguna resolución ministerial posterior pudo reemplazarla formalmente; sólo existieron instancias ad-hoc, sin legitimidad ni autonomía. El Decreto 426/24 no corrige ese vacío: lo aprovecha para ocuparlo con una estructura subordinada al Poder Ejecutivo.
2. “Nuevos desafíos éticos”
El decreto afirma que el progreso científico y tecnológico en las ciencias biológicas y médicas ha generado nuevos desafíos éticos, legales y sociales que requieren respuestas actualizadas del Estado. Pero no especifica cuáles son esos desafíos. El problema no es reconocer nuevos dilemas éticos —que existen—, sino quién define cómo se responde a ellos. En bioética, lo decisivo es que esa intervención esté atravesada por autonomía, pluralidad y capacidad real de conflicto.
La invocación resulta especialmente llamativa en un gobierno que se define como anti-Estado, anti-regulación y pro-mercado. Cuando invoca la bioética, no lo hace para fortalecer controles frente al poder económico, sino para ordenar y administrar sus consecuencias. No hay actualización, hay adaptación de la bioética a incentivos del mercado.
3. “Evitar antinomias y solapamientos”
El decreto promete evitar “antinomias y solapamientos” y garantizar “seguridad jurídica” y “previsibilidad”. Estos términos tienen un destinatario implícito claro: laboratorios, CROs (Organizaciones de Investigación por Contrato), inversores y prestadores privados.
La previsibilidad que se busca no proviene de normas claras, sino mediante comités alineados. Significa minimizar rechazos éticos incómodos y reducir la incertidumbre para el negocio. Pero la ética no debe ser previsible para el poder. Debe ser exigente y, cuando corresponde, incómoda. La pluralidad no es una falla del sistema: es su condición democrática.
4. Bioética sin presupuesto: el caso Garrahan
El decreto asigna a la nueva Comisión la tarea de elaborar estudios e informes sobre: preservación de la vida, calidad de vida, acceso a los avances científicos y tecnológicos. Pero la ética no flota en el aire. Para hablar seriamente de calidad de vida deben existir condiciones materiales mínimas: hospitales públicos funcionando, salarios dignos para el personal de salud, equipamiento, insumos y presupuesto sostenido.
Mientras el Artículo 1 habla de «preservación de la vida» y «humanización de la medicina». El Hospital Garrahan enfrenta recortes, precarización laboral y dificultades para sostener prestaciones complejas. No hay bioética posible en emergencia presupuestaria permanente. Esto no es un dilema filosófico: es una decisión política.
5. El punto más grave: el Ministro preside, nombra y renueva
Si el Ministerio de Salud impulsa políticas sanitarias y ensayos clínicos, no puede ser el mismo que juzgue su ética.
Art. 2 Establece que la Comisión será presidida por el propio Ministro de Salud.
Art. 3 El Ministro designa a todos los miembros y decide su renovación.
Art. 4 El Ministro dicta el reglamento interno y nombra a los secretarios y asesores legales.
Este esquema colisiona con estándares internacionales. La Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO exige independencia de los comités para que sean válidos. Cuando quien debe ser evaluado preside, nombra y renueva a quienes evalúan, la independencia es inexistente.
¿Qué abre este decreto?
Concentra la autoridad ética en un único órgano subordinado al Poder Ejecutivo y se debilita el control cruzado. Centralizar es controlar quién evalúa, con qué criterios y con qué márgenes de veto. No es modernización: es concentración de poder normativo y simbólico.
Esto habilita retrocesos sin controles efectivos en zonas sensibles; derechos sexuales y reproductivos, memoria verdad y derechos humanos, y evaluación de ensayos clínicos bajo presión del mercado farmacéutico
¿Qué se está ordenando realmente?
Se trata de una reconfiguración política de un campo que, cuando es autónomo, resulta incómodo para el poder.
En el año 2000, la bióetica argentina atravesó su crisis más profunda cuando Juan Carlos Tealdi, eminencia y referente de la bioética de los Derechos Humanos, denunció la presencia de Alberto Rodríguez Varela en la comisión oficial.
Aquel conflicto demostró que la pluralidad y la independencia no son «obstáculos administrativos», sino la única garantía para que la ética no se convierta en un disfraz del autoritarismo.
Al centralizar hoy todos los nombramientos en el Ministro, se eliminan los anticuerpos que permitieron decir «no» a la impunidad en nombre de la ética.
*Periodista. Licenciada en Ciencias y Humanidades. Máster en Bioética. Especializada en “Bioética y Derechos Humanos en América Latina”, Universidad de Buenos Aires
Argentina. Decreto 426/24: La captura de la bioética por el Poder Ejecutivo


















